A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Positiva Sa·Demandado Bolivar Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 019 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, ocasionado por una demanda ordinaria presentada por la sociedad Positiva Compañía de Seguros S.A., contra la Compañía de Seguros Bolívar S.A., con el fin de obtener el reembolso de las prestaciones asistenciales, incapacidades temporales y reconocimientos por incapacidad permanente parcial que debió asumir en favor de varios trabajadores cuyas patologías fueron calificadas como de origen profesional.
Superado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que se trata de un conflicto que se origina entre dos entidades aseguradoras de riesgos laborales que interactúan dentro del Sistema General de Seguridad Social, en el contexto de obligaciones derivadas de la relación jurídica propia de dicho sistema.
De esta manera, la materia del litigio corresponde al ámbito de la seguridad social y resulta aplicable la cláusula general de competencia atribuida a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, en virtud de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 270/96 y el numeral 4 del artículo 2 del CPTSS, los cuales atribuyen a dicha jurisdicción el conocimiento de las controversias que se susciten entre entidades que integran el sistema, siempre que la pretensión se funde en obligaciones nacidas directamente de esta relación jurídico-prestacional, como fue señalado entre otros, en Auto 2075/23.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 019 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso que aquí se estudió, promovido por Positiva Compañía de Seguros S.A. en ejercicio de las funciones propias de la administración de riesgos laborales contra la Compañía de Seguros Bolívar S.A., le corresponde al Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7328 al Juzgado 011 Laboral del Circuito de Bogotá para que adelante lo de su cargo y para que comunique la presente decisión al Juzgado 019 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda.
- TERCERO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a los interesados de este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.